Antonio Juan

Nombre
Antonio* /Juan/ //
Nombre(s) de pila
Antonio
Apellidos
Juan
También conocido como
/Antón/
Matrimonio
Matrimonio
Matrimonio
Nacimiento de un hijo
Nacimiento de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Francisco Juan Romero, hijo de Anton y Beatriz
Se casó el 19-8-1686 con
Clara Gil Llorente, hija de Anton y Clara
Libro QL-03 (1681_1700) Folio Pda.

Muerte de un hijo
Fuente: Testamento
Detalles de la cita: Archivo Histórico de Monovar
Texto:

Notario: Francisco Burguño
Fecha: Agosto de 1697

En el testamento de su padre no cosnta entre los hijos al nombrarlos como herederos.

Nacimiento de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Diego Juan Romero, hijo de Anton y Beatriz
Se casó el 15-7-1697 con
Juana Avila Galiano, hija de Bautista y Ana Maria
Libro QL-03 (1681_1700) Folio Pda.

Este libro no existe ó esta desaparecido. Información procedente de los índices, que no aportan más datos.

Nacimiento de un hijo
Matrimonio de un hijo
Nacimiento de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Jose Juan Romero, hijo de Anton y Beatriz
Se casó el 1-3-1688 con
Ana Maria Carbonell Macia, hija de Jose y Josefa
Ella es natural de Novelda
Libro QL-03 (1681_1700) Folio Pda.

Matrimonio de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Francisco Juan Romero, hijo de Anton y Beatriz
Se casó el 19-8-1686 con [Libro QL-03 (1681_1700)]
Clara Gil Llorente, hija de Anton y Clara

Matrimonio de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Jose Juan Romero, hijo de Anton y Beatriz
Se casó el 1-3-1688 con [Libro QL-03 (1681_1700)]
Ana Maria Carbonell Macia, hija de Jose y Josefa
Ella es natural de Novelda

Matrimonio de un hijo
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Lorenzo Juan, viudo de Geronima Espi
Se casó el 26-8-1692 con
Josefa Rodenas Canales, hija de Pedro y Margarita
Libro QL-03 (1681_1700) Folio Pda.

Muerte de una esposa
Fuente: Testamento
Detalles de la cita: Archivo Histórico de Monovar
Texto:

Notario: Francisco Burguño
Fecha: 16-ago-1697

Según el testamento de su marido, él era viudo de Beatriz en 1697 cuando lo redacta.

Matrimonio de un hijo
Muerte del padre
Testamento
Fuente: Testamento
Detalles de la cita: Archivo Histórico de Monovar
Texto:

Notario: Francisco Burguño
Día 16-agosto-1697
Idioma original: Valenciano

En el nombre nuestro señor Dios Jesús Cristo y de la Sagradísima y humilde ??? virgen María Madre suya y de los pecadores especial abogada, sabed todos como yo Antonio Juan de Melchor, labrador, de la presente villa de Elda habitador, estando enfermo en cama de grave enfermedad de la cual temo morir, estando con mi buen entendimiento y memoria, palabra clara íntegra y manifiesta y con tal dispoición que por gracia de nuestro Señor Dios Jesús Cristo puedo hacer y ordenar mi último y postrer testamento, última y postrera voluntad mía, revocando, callando y anulando y cancelando todos y cualesquiera testamento y testamentos, codicilo y codicilos, y otras cualesquiera últimas y postreras voluntades mías por mí hecha y hechas hasta la presente hora de ahora. Ahora hago mi último y postrer testamento y última y postrera voluntad mía de la forma siguiente:

Primeramente y antes de todas las cosas quiero, ordeno y mando que todas mis deudas e injurias sean pagadas y satisfechas a aquellos y aquellas que clara y evidentemente constara y apareciese yo ser tenido y obligado con cartas, albaranes y testimonios dignos de fe y otras legítimas pruebas [...]

Ittem elijo como albacea de éste mi último y postrer testamento a Jaume Galiano, labrador de la dicha presente villa
de Elda habitador, dándole y confiriéndole todo el necesario poder y facultad para que aquel pueda tomar tanto de mis bienes y aquellos vender, y recibir los precios, y de aquellos ???????? hacer y firmar cuantos ????? hacer serán para hacer cumplir las obras pías por mí dejadas ordenadas.

Después, encomendanto mi alma a nuestro señor Dios Jesús Cristo quien aquella ha criado, elijo sepultar mi cuerpo en la iglesia parroquial de la Señora Santa Ana de la dicha villa, abajo de las Benditas Ánimas y que mi cuerpo sea vestido y enterrado con el hábito del Padre San Francisco del convento y monasterio de Nuestra Señora de los Ángeles de dicha villa.

Ittem quiero y mando que el día de mi entierro se digan y celebren si es hora, y si no al día siguiente, se celebre por mi alma una misa cantada de Requiem vulgarmente llamada de corpus, con asistencia del señor Rector y Vicario de la dicha Parroquial iglesia y otro eclesiástico de la dicha villa. Para pagar mi entierro, misa de cuerpo presente, caridad acostumbrada, del óbito y demás derechos parroquiales quiero que se tomen de mis bienes catoce libras reales de ?????? y pagado todo lo de arriba dicho, la residua cantidad se convierta en hacer decir y celebrar misas rezadas en sufragio de mi alma, las dos partes en la dicha Parroquial Iglesia de la Santa Ana de dicha villa en los altares provilegiados de aquella, y la tercera parte en el dicho convento de la presente villa en el altar privilegiado de San
Christo, como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Juana Martínez mujer mía muy amada, por los buenos servicios que ma ha hecho y por otras razones y causas a mí bien vistas, doscientos Reales de ¿Vata? para hacer de aquellos a su voluntad como de cosa suya propia, y también quiero y mando se le pague a aquella su dote conforme las cartas matrimoniales que tenemos como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Luis Juan mi hijo y de la qº Beatriz Romero mujer mía, por los buenos servicios que me ha hecho dignos de remuneración y por el buen cuidado que de mí y de mi casa he tenido en trabajar para sustentarnos de todo lo necesario dos asnos para hacer de aquellos a sus planes y libres voluntadas como de cosa suya propia, como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Diego Juan mi hijo y de la dicha qº Beatriz Romero por los buenos y agradables servicios que me ha hecho dignos de remuneración un asno para hacer de aquel a sus libres voluntades como de cosa suya propia.

Ittem doy dejo y lego a los arriba dichos Luis y Diego Juan mis hijos por los buenos servicios que me han hecho dignos de remuneración cuatro taullas de viñas por ?????????, que tengo y poseo situadas en la huerta de la presente villa en la partida dicha de ¿Lumbos? que afrentan con viñas de Miguel Mollá, con viñas de Josefa Candel, con viñas de Tomás Bernabé de Pastor y con el carril viejo que solía ir a la ciudad de Alicante, la mitad de dichas viñas al dicho Luis Juan y la otra mitad al dicho Diego Juan, para hacer cosa de su parte y mitad a sus libres voluntades, como de cosa suya propia como así sea mi voluntad.

En cuanto a los otros bienes míos, muebles e inmuebles, entes y movientes, deudas, derechos y acciones mías y que me pertenezcan y pertenecer puedan, sean lejos o cerca, ahora o en el futuro, por cualquier título, causa, modo, manera y razón, herederos míos propios ????? ??? y ??????? generales míos, hago e instituyo por derecho de institución a los dichos Luis Juan y Diego Juan, Lorenzo Juan, Melchor Juan, Joseph Juan y Antonio Juan, hijos míos y de la dicha qº Beatriz Romero mujer mía (que sea en la gloria) legítimos y naturales del segundo matrimonio por iguales partes entre aquellos para hacer cada uno de su parte, a sus llanas y libres voluntades, como de cosa suya propia, y declaro que a dichos Lorenzo Juan, Antonio Juan, Melchor Juan y a José Juan, cuando aquellos se casaron ya les doné lo que pude
conforme mi posibilidad, y quiero y mando y es mi voluntad que en lo que les he donado a dichos mis hijos, y en lo que ahora les dejo sea comprendida la parte de herencia que con aquellos les ha podido tocar, y respectar de la dicha qº Beatriz Romero, mujer mía, y madre de aquellos como así sea mi voluntad.

Por último declaro que a Miguel Juan mi hijo y de la qº Juana García mujer mía del primer matrimonio, ya le doné a aquel los que he podido según mi posibilidad, razón por la cual xxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx no le dejo ahora cosa alguna, y así mismo a Isabel Juan mi hija y de la dicha qº Juana García del primer matrimonío, mujer de Francisco Estevan por ser los vecinos que tengo xxxxxxxx xxxx y considerar que la dicha mi hija el qº Miguel García su abuelo le
dejó una casa y otro bienes con los que por las dichas razones tampoco le dejo cosa alguna de mis bienes, por lo que todo sobre dichos hijos se han de contentar y tienen que estar bién con esta disposición y voluntad mía, y al que pretenda otra cosa alguna le den cinco xxxxx por parte y por legítima y por cualquier otro derecho que en mis bienes pueda y deba tener por cualquier título, causa, vía, modo, manera y razón como así sea mi voluntad, estas tomad mi último y postrer testamento, última u postrera voluntad mía, el cual y la cual quiero que valga por derecho de último
testamento, codicilo o de testamento ?????????? o de donación causa mortis [...]

Matrimonio de un hijo
Dirección: Parroquia de Santa Ana de Elda
Detalles de la cita: Extraído de Raices del Reino de Valencia
Texto:

Parroquia de Santa Ana de Elda
Luis Juan Romero, hijo de Antonio y Beatriz
Se casó el 11-11-1700 con
Vicenta Colomer Canales, hija de Miguel y Maria
Ella es natural de Ontiniente
Libro QL-03 (1681_1700)

Muerte de un hijo
Detalles de la cita: Archivo histórico municipal de Elda, 1716
Texto:

Según obra en la página 195 de la Giradora de Elda de 1716

Identificador único
865740BF13064570A88A83762BE513E5DD40
Última modificación
24 septiembre 202004:51:52
Autor del cambio más reciente: iblibre
Familia con padres
padre
él mismo
Familia de Beatriz Romero
él mismo
esposa
Matrimonio Matrimonio
hijo
hijo
hijo
hijo
16791679
Nacimiento: antes de 1679 Elda
Muerte: antes de 1679
2 años
hijo
16801725
Nacimiento: antes de 1680 Elda
Muerte: sobre 1725Elda
2 años
hijo
hijo
Familia de Juana Martínez
él mismo
esposa
Matrimonio Matrimonio
Familia de Juana García Yagüe
él mismo
esposa
Matrimonio Matrimonio
hijo
hija
Testamento
Fuente: Testamento
Detalles de la cita: Archivo Histórico de Monovar
Texto:

Notario: Francisco Burguño
Día 16-agosto-1697
Idioma original: Valenciano

En el nombre nuestro señor Dios Jesús Cristo y de la Sagradísima y humilde ??? virgen María Madre suya y de los pecadores especial abogada, sabed todos como yo Antonio Juan de Melchor, labrador, de la presente villa de Elda habitador, estando enfermo en cama de grave enfermedad de la cual temo morir, estando con mi buen entendimiento y memoria, palabra clara íntegra y manifiesta y con tal dispoición que por gracia de nuestro Señor Dios Jesús Cristo puedo hacer y ordenar mi último y postrer testamento, última y postrera voluntad mía, revocando, callando y anulando y cancelando todos y cualesquiera testamento y testamentos, codicilo y codicilos, y otras cualesquiera últimas y postreras voluntades mías por mí hecha y hechas hasta la presente hora de ahora. Ahora hago mi último y postrer testamento y última y postrera voluntad mía de la forma siguiente:

Primeramente y antes de todas las cosas quiero, ordeno y mando que todas mis deudas e injurias sean pagadas y satisfechas a aquellos y aquellas que clara y evidentemente constara y apareciese yo ser tenido y obligado con cartas, albaranes y testimonios dignos de fe y otras legítimas pruebas [...]

Ittem elijo como albacea de éste mi último y postrer testamento a Jaume Galiano, labrador de la dicha presente villa
de Elda habitador, dándole y confiriéndole todo el necesario poder y facultad para que aquel pueda tomar tanto de mis bienes y aquellos vender, y recibir los precios, y de aquellos ???????? hacer y firmar cuantos ????? hacer serán para hacer cumplir las obras pías por mí dejadas ordenadas.

Después, encomendanto mi alma a nuestro señor Dios Jesús Cristo quien aquella ha criado, elijo sepultar mi cuerpo en la iglesia parroquial de la Señora Santa Ana de la dicha villa, abajo de las Benditas Ánimas y que mi cuerpo sea vestido y enterrado con el hábito del Padre San Francisco del convento y monasterio de Nuestra Señora de los Ángeles de dicha villa.

Ittem quiero y mando que el día de mi entierro se digan y celebren si es hora, y si no al día siguiente, se celebre por mi alma una misa cantada de Requiem vulgarmente llamada de corpus, con asistencia del señor Rector y Vicario de la dicha Parroquial iglesia y otro eclesiástico de la dicha villa. Para pagar mi entierro, misa de cuerpo presente, caridad acostumbrada, del óbito y demás derechos parroquiales quiero que se tomen de mis bienes catoce libras reales de ?????? y pagado todo lo de arriba dicho, la residua cantidad se convierta en hacer decir y celebrar misas rezadas en sufragio de mi alma, las dos partes en la dicha Parroquial Iglesia de la Santa Ana de dicha villa en los altares provilegiados de aquella, y la tercera parte en el dicho convento de la presente villa en el altar privilegiado de San
Christo, como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Juana Martínez mujer mía muy amada, por los buenos servicios que ma ha hecho y por otras razones y causas a mí bien vistas, doscientos Reales de ¿Vata? para hacer de aquellos a su voluntad como de cosa suya propia, y también quiero y mando se le pague a aquella su dote conforme las cartas matrimoniales que tenemos como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Luis Juan mi hijo y de la qº Beatriz Romero mujer mía, por los buenos servicios que me ha hecho dignos de remuneración y por el buen cuidado que de mí y de mi casa he tenido en trabajar para sustentarnos de todo lo necesario dos asnos para hacer de aquellos a sus planes y libres voluntadas como de cosa suya propia, como así sea mi voluntad.

Ittem doy, dejo y lego a Diego Juan mi hijo y de la dicha qº Beatriz Romero por los buenos y agradables servicios que me ha hecho dignos de remuneración un asno para hacer de aquel a sus libres voluntades como de cosa suya propia.

Ittem doy dejo y lego a los arriba dichos Luis y Diego Juan mis hijos por los buenos servicios que me han hecho dignos de remuneración cuatro taullas de viñas por ?????????, que tengo y poseo situadas en la huerta de la presente villa en la partida dicha de ¿Lumbos? que afrentan con viñas de Miguel Mollá, con viñas de Josefa Candel, con viñas de Tomás Bernabé de Pastor y con el carril viejo que solía ir a la ciudad de Alicante, la mitad de dichas viñas al dicho Luis Juan y la otra mitad al dicho Diego Juan, para hacer cosa de su parte y mitad a sus libres voluntades, como de cosa suya propia como así sea mi voluntad.

En cuanto a los otros bienes míos, muebles e inmuebles, entes y movientes, deudas, derechos y acciones mías y que me pertenezcan y pertenecer puedan, sean lejos o cerca, ahora o en el futuro, por cualquier título, causa, modo, manera y razón, herederos míos propios ????? ??? y ??????? generales míos, hago e instituyo por derecho de institución a los dichos Luis Juan y Diego Juan, Lorenzo Juan, Melchor Juan, Joseph Juan y Antonio Juan, hijos míos y de la dicha qº Beatriz Romero mujer mía (que sea en la gloria) legítimos y naturales del segundo matrimonio por iguales partes entre aquellos para hacer cada uno de su parte, a sus llanas y libres voluntades, como de cosa suya propia, y declaro que a dichos Lorenzo Juan, Antonio Juan, Melchor Juan y a José Juan, cuando aquellos se casaron ya les doné lo que pude
conforme mi posibilidad, y quiero y mando y es mi voluntad que en lo que les he donado a dichos mis hijos, y en lo que ahora les dejo sea comprendida la parte de herencia que con aquellos les ha podido tocar, y respectar de la dicha qº Beatriz Romero, mujer mía, y madre de aquellos como así sea mi voluntad.

Por último declaro que a Miguel Juan mi hijo y de la qº Juana García mujer mía del primer matrimonio, ya le doné a aquel los que he podido según mi posibilidad, razón por la cual xxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx no le dejo ahora cosa alguna, y así mismo a Isabel Juan mi hija y de la dicha qº Juana García del primer matrimonío, mujer de Francisco Estevan por ser los vecinos que tengo xxxxxxxx xxxx y considerar que la dicha mi hija el qº Miguel García su abuelo le
dejó una casa y otro bienes con los que por las dichas razones tampoco le dejo cosa alguna de mis bienes, por lo que todo sobre dichos hijos se han de contentar y tienen que estar bién con esta disposición y voluntad mía, y al que pretenda otra cosa alguna le den cinco xxxxx por parte y por legítima y por cualquier otro derecho que en mis bienes pueda y deba tener por cualquier título, causa, vía, modo, manera y razón como así sea mi voluntad, estas tomad mi último y postrer testamento, última u postrera voluntad mía, el cual y la cual quiero que valga por derecho de último
testamento, codicilo o de testamento ?????????? o de donación causa mortis [...]